DISPOSITIVA
En mérito a los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Juicio de San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente: PRIMERO: Se Condena al ciudadano Teniente JOSE ANGEL ROLDAN PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.926.042, de profesión u oficio militar activo con el grado de Teniente, plaza para la fecha de los hechos del 211 Batallón de Infantería "Coronel Antonio Ricaurte" y actualmente del 213 Batallón de Infantería "Coronel José Godoy Freites"; y domiciliado en el sector de Mata de Guadua, avenida 17, vereda 2, casa Nro. 17-21, Municipio Junín del Estado Táchira; a cumplir la pena de un (01) año, cinco (05) meses, siete (07) días y doce horas de arresto; por la comisión de los delitos Militares de DESOBEDIENCIA previsto en el artículo 519 y sancionado en el segundo aparte del artículo 520 y NEGLIGE.....