DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en el estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECRETA: CON LUGAR la solicitud fiscal, y en consecuencia, concede a la Fiscalía Militar, un lapso máximo de quince (15) días adicionales, contados a partir del vencimiento de los treinta días siguientes a la fecha de la privación judicial preventiva de libertad de los imputados Soldado SANDONE JOSE PORTILLA CARRASCO, titular de la cédula de identidad Nº 16.612.398, y Soldado ALVARO VELAZCO ACEVEDO, titular de la cédula de identidad Nº 18.191.804, ambos plaza de la 9301 Compañía de Comando de la 93 Brigada Caribe Especial de Seguridad y Desarrollo "G/J Ezequiel Zamora", a los fines que concluya la investigación que se les sigue, y presente el acto conclusivo a que hubiere lugar, de conformidad con lo establecido en los apartes tres, cuatro y cinco del artículo 250 del Códi.....