DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado Douglas Cordero, Defensor Privado, contra la decisión dictada en fecha 11-06-2004, por el Tribunal Undécimo en funciones de Control, Extensión Carora, de este Circuito Judicial Penal, que Decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, contra su defendido Regulo Antonio García García, por la presunta comisión del delito de Violación, previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal, todo de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: QUEDA CONFIRMADA la decisión apelada y dictada por el Juez de Control N° 11, que Decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al .....