En virtud de los razonamientos expuestos, este Tribunal Militar Primero de Ejecución de Sentencias de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA, la Sentencia Condenatoria dictada y publicada en fecha 03 de julio de 2018, por el Tribunal Militar Tercero de Control con sede en Caracas, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano penado: S/1ERO. PABLO ALEXIS PUERTA MAYORA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.050.280, por encontrarlo plenamente culpable de la comisión del delito militar de DESERCION, previsto en los artículos 523 y 527 ordinal 1° y sancionado en el artículo 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, a cumplir la pena de DIEZ (10) MESES DE PRISION, más las penas accesorias de ley, establecidas en el artículo 407 en los numeral 1° y 2° ejusdem, referidas .....