DISPOSITIVA
este Tribunal ADMITE LAS ACUSACIÓNES FISCALES presentada por el Ministerio Público en contra del imputado JHOANA MARIA FRITES, venezolano, mayor de edad, soltero, cédula de identidad Nro. V- 13774601 por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 542 Ordinal 8 del Código Penal (P-10-2498); HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal (P-10-5415), POSESION ILICITA DE DROGAS previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas; Y OCULTAMIENTO DE ARMA previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal (P-11-1495).-, SEGUNDO: De conformidad con el artículo 313 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal con Vigencia Anticipada, este Tribunal admite las pruebas presentadas por el Ministerio Público a las cuales se adhiere la defensa. TERCERO: A los fines de garantizar la Tutela Judicial efectiva Art. 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el debido proc.....