DECISION
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: parcialmente con lugar, la solicitud de obligación alimentaria intentada por la ciudadana Maribel Del Carmen Colmenarez Álvarez, ya identificada, en representación del niño (OMITIDO ARTICULO 65 lopna) en contra del ciudadano Edgar Arquímedes Tovar, ya identificado. En consecuencia, se fija la obligación alimentaria en la cantidad de setenta mil bolívares (Bs.70.000,oo) mensuales, a razón de treinta y cinco mil bolívares (Bs.35.000,oo.)quincenales, que equivale al 17,28 % del salario mínimo actual, el cual se incrementará anualmente en ese porcentaje, según lo establecido en el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, además deberá cubrir con el cincuenta por ciento (50%) .....