Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y conforme a las previsiones del artículo 593, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar, EJECUTA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en Mérida en fecha catorce de abril del año dos mil diez, en el cual Condenó al ciudadano SOLDADO ARMANDO ANTONIO JIMENEZ PICHARDI, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.310.071, plaza de la Compañía de Comando de la 93 Brigada Caribe Especial de Seguridad y Desarrollo "G/J Ezequiel Zamora" con sede en el Estado Barinas, con domicilio y residencia en Los Magallanes de Catia, Parroquia Santa Fe, Casa Nº 12, de dos pisos de color azul, a dos cuadras del Hospital de los Magallanes de Catia,.....