Este Juzgado Superior se declaró competente y admitió el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, incoado por la sociedad mercantil PEPSI- COLA VENEZUELA contra la Providencia Administrativa Nº 09-00016, de fecha 09 de febrero de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, estado Bolívar mediante la cual se ordenó la continuidad de las discusiones del Pliego de Peticiones entre la Organización Sindical SINDICATO ÚNICO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE PEPSI COLA VENEZUELA Y SERVICIOS SIMILARES DEL ESTADO BOLÍVAR (SUBTRAPCVYSS) y la referida empresa.