Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio ADMITE la presente acusación privada. En consecuencia, a tenor de lo previsto en el Artículo 409 ejusdem, téngase como parte querellante al acusador y se ordena la citación personal del ciudadano JESUS HENRIQUE GUACARE, quien deberá comparecer dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, a designar defensor que los asista en la presente causa. Líbrese la correspondientes boleta de citación con inserción de copia certificada de la acusación y del presente auto de admisión, de conformidad con lo estatuido en el último aparte de la citada norma adjetiva penal. Cúmplase