Mediante Resolucion Nº:PJ0252025000043, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por el ciudadano: CARLOS ANTONIO LINDO LANZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad V-8.887.546, actuando como apoderado del ciudadano CARLOS LUIS AZZARI DI DOMENICO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.556.411, debidamente asistido por el ciudadano SALVADOR GODOY, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el N° 138.91, de este domicilio.-