ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y de conformidad con el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal pasa a decidir conforme a los siguientes términos: Primero: Se declara con lugar la solicitud realizada por el Ministerio Público Militar y ratificada en este acto por la Defensa Pública Militar ambas con sede en la Ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón, en el sentido de decretar el SOBRESEIMIENTO de la presenta causa, seguida al ciudadano EDGAR ALEXANDER SILVA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.823.158, a quien se le seguía proceso penal militar por estar incurso en la comisión de los delitos militares ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 502, ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 3º y LESIONES PERSONALES ENTRE MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 576 numeral 3º, como autor, todos del Código Orgánico de Justicia Milita.....