DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abg. Yesenia Herrera Agüero, en su condición de Defensa Publica Decima Tercera del Sistema Penal Ordinario del Estado Lara, actuando en tal carácter del ciudadano JEAN CARLOS PIÑA ALVARADO, titular de la cedula de identidad N° 24.162.544, en contra la decisión dictada en fecha 27 de Junio de 2016 y fundamentada en fecha 04 de Julio de 2016, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreta la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano JEAN CARLOS PIÑA ALVARADO, titular de la cedula de identidad N° 24.162.544, por la presunta comisión del delito de COMERCIALIZACION DE MATERIAL ESTRATEGICO, previsto.....