En mérito de todas las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
• CON LUGAR la demanda de DESALOJO de LOCAL COMERCIAL, que ha incoado la sociedad mercantil SILVINA MATTALIA Y COMPAÑÍA, A.N.C, inscrita bajo el Registro De Información Fiscal R.I.F No. J-0950992372, e inscrita por ante el Registro mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, el 27 de Marzo de 1985, bajo el No. 49, del Tomo A, No. 04, folios vto 306 al 309 (en anexo identificado con el No. (1), el cual consta de Cinco (5) folios útiles y la ultima modificación de sus estatutos de fecha 6 de mayo de 2008, debidamente protocolizado ante la Oficina del Registro Mercantil, quedando registrado bajo el No. 74, Tomo 23-A-Pro en contra de la COOPERATIV.....