Por todos los fundamentos anteriormente expuestos este Consejo de Guerra de Maturín, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano SARGENTO TÉCNICO DE PRIMERA LEONARDO RAFAEL SALAZAR CHIRINOS, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.659.018, Militar en Servicio Activo, Plaza para el momento de los hechos del 321 Batallón de Caribes "General de División Pedro Zaraza", de la acusación que le fue formulada por el Ministerio Público por la comisión de los delitos de USURPACION, previsto y sancionado en el artículo 507, FALSIFICACION Y FALSEDAD, previsto y sancionado en los artículos 567; ordinales 1º, 2º del artículo 568 y 569 y SUSTRACCION DE FONDOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el ordinal 1º del artículo 570, en grado de AUTOR, conforme a los ordinales 1º y 2º del artículo 390, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, y con relación a la medida de coerción person.....