Este Juzgado del Municipio Morán, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda, se condena al demandado ciudadano PEDRO MARIA VARGAS PERAZA, ampliamente identificado en autos al pago de la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 160.000, oo) por intereses calculados sobre el capital dado en Préstamo de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,oo) y que fue convenido por ambas partes, a razón, el interés de Doce por Ciento (12%) Anual, desde la fecha de vencimiento de pago. Se condena a ambas partes al pago recíproco de las Costas y Costos procesales de conformidad con el artículo 275 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a las partes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en El T.....