´Por todo lo anteriormente expuesto éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIEMRA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIOS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en Audiencia Oral y Pública efectuada el día 12/06/2017, dando cumplimiento a los principios rectores y de las garantías previstos en el Código Orgánico Procesal Penal para la realización de un Juicio Previo y un Debido Proceso, así como también observando las formalidades de Ley, este Tribunal en forma Unipersonal, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Vista la admisión pura, simple, sin coacción, presión ni apremio por parte del acusado JOSE LUIS FORERO CRESPO, este Tribunal declara procedente la solicitud de la aplicación del procedimento especial por Admisión De Hechos, y en este sentido se condena al ciudadano: JOSE LUIS FORERO CRESPO, a cumplir la pena de UN (01) SIETE (07) MES Y .....