Por todo lo expuesto este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar se declara INCOMPETENTE para conocer de la demanda por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), incoada por el ciudadano FERNANDO JIMENEZ, contra el ciudadano: RACHID RICARDO HASSANI EL SOUKI y en consecuencia DECLINA la competencia al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Agrario y del Tránsito de este mismo Circuito y Circunscripción Judicial que resulte competente por efectos de la distribución del sistema Juris 2.000.- Remítase el presente procedimiento mediante oficio a la Unidad Receptora de Documentos Civiles para su debida tramitación.-