DISPOSITIVA
En mérito a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Consejo de Guerra de San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide PRIMERO: CONDENA al ciudadano VICTOR JULIO MONTES BRICEÑO, titular de la cédula de identidad 25.966.114, Infante de Marina, de 25 años, estado civil soltero, natural de San Carlos Estado Cojedes, residenciado en el Barrio Luis Arias Andrade, Sector el Molino, calle 5, casa Nº 35, San Carlos, Estado Cojedes,, en DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, conllevando la presente sentencia las accesorias de ley a que se contraen los ordinales 1º, 2° y 3º del artículo 407 del código orgánico de justicia militar, como lo son: la inhabilitación política por el tiempo que dure la pena, separación del servicio activo y perdida del derecho a premio; por el delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el art.....