DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con el artículo 30 eiusdem, declara IMPROCEDENTE la petición incoada por el acusado, ciudadano JOSE GREGORIO CAMPOS , titular de la Cédula de Identidad Nº DATOS OMITIDOS y ANDRIS NAIKENSY APOSTOL MELENDEZ, titular de la Cédula de Identidad N º DATOS OMITIDOS a , quienes son procesados por la presunta comisión del delito de ANDRIS NAIKENSY APOSTOL MELENDEZ, titular de la Cédula de Identidad N º DATOS OMITIDOS HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 208 Ordinal 1º del Código Penal Vigente y JOSE GREGORIO CAMPOS , titular de la Cédula de Identidad Nº DATOS OMITID.....