Por  las razones anteriormente expuestas y en honor a la verdad  y a probidad que debe regir  a todos los seres humanos y en especial a los Profesionales del Derecho éste Tribunal,  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara  SIN   LUGAR  la demanda intentada por el  ciudadano:  LUIS VACCARI  SAN MIGUEL, representado por el  Abogado   MARINO VACCARI  SAN MIGUEL, contra  el ciudadano  ANGEL  ARGUELLES,  representado   por  los  Abogados  Pastor José Mújica  y  Yoryelin   Odreman,  todos  identificados en autos,  por RESOLUCION DE  CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.  ---------         
                      Se condena en costas a la parte DEMANDANTE por haber resultado totalmente vencida, ello conforme a lo establecido en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil vigente.-------------------------------------------------
	Regístrese y publíquese.-----------------------------------------------------------
	Not.....