IV
DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por la ciudadana GLORIA ESTHER BORJA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-23.159.150, domiciliada en el Municipio Lagunillas, estado Zulia; contra el ciudadano JESÚS ANTONIO PINO DURAN, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.603.387, domiciliado en el Municipio Cabimas, estado Zulia.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintiocho (28) de Julio del año dos mil veintitrés (2023), por ante la Registradora Civil de la Parroquia General Rafael Urdaneta del Municipio Simón Bolívar, estado Zu.....