DISPOSITIVA:
De conformidad con lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL MILITAR UNDÉCIMO DE CONTROL CON SEDE EN SAN CRISTÓBAL, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: De conformidad con el artículo 300 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa en la cual se investigaba al ciudadano DANIEL ENRIQUE GIL BARRAGAN, titular de la cédula de identidad Nº V-16.695.328, por encontrarse presuntamente incurso en un delito de naturaleza penal militar, como es OFENSA AL CENTINELA E INJURIA A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, delitos previstos y sancionados en los artículos 502 y 505 ambos del Código Orgánico de Justicia Militar; SEGUNDO: ORDENA, desde esta misma fecha, el cese de la medida cautelar sustitutiva de presentación periódica del ciudadano DANIEL ENRIQUE GIL BARRAGAN, titular de la cédula de identidad Nº V-16.695.328; así como las demás medidas cautelares impuestas.....