Este Tribunal admite en cuanto ha lugar en derecho las pruebas promovidas por la representante judicial de la Alcaldia Socialista del Municipio Caroni del Estado Bolívar, reservándose su valoración en la definitiva. Ahora bien, respecto a las pruebas promovidas por la representación judicial de la empresa AUTOMOVILES LE MANS, C.A., se observa que fueron presentadas de forma extemporánea en fecha 05 de noviembre de 2012; en vista que el lapso probatorio se inició el día 19 de octubre de 2012 y concluyó en fecha 01 de noviembre de 2012, por lo que este Jurisdicente debe desestimar las mismas.