DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos precedentemente expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Tribunal Militar Segundo de Juicio ACUERDA: SE DECLARA SIN LUGAR la solicitud formulada en fecha 9 de agosto del presente año por el abogado CÉSAR FELIPE RIVERO, relativa a que este órgano jurisdiccional se declare incompetente y decline la competencia para conocer del presente asunto a los Tribunales Penales de la jurisdicción ordinaria, en la causa signada por la nomenclatura de este Tribunal Militar con el alfanumérico CJPM-CGM.002-12, la cual es seguida en contra del ciudadano Sargento Mayor de Segunda JUAN CARLOS GARRIDO, titular de la cédula de identidad No. V-14.001.574, por la presunta comisión de los delitos militares de: SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, prevista y sancionada en el artículo 570 numeral 1; USO DE DOCUMENTO MILITAR FALSIFICADO O ALTERADO, previsto en el artículo 569 y.....