1. DESISTIDA la pretensión de tutela constitucional planteada por las codemandantes FIBRANOVA, C. A.; y ANDINOS, C. A.; identificadas en el encabezamiento de esta sentencia, por no haber comparecido a la audiencia constitucional, ni por sus respectivos representantes sociales, ni por medio de apoderado judicial.
2. SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de OXINOVA, C. A.; identificada en el encabezamiento de esta sentencia.
3. INADMISIBLE la pretensión de tutela constitucional planteada en la demanda que encabeza las actuaciones de esta causa, por haber cesado con posterioridad a la admisión de la demanda los hechos lesivos denunciados en el escrito de demanda.
4. SE CONFIRMA la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta misma extensión territorial, mediante la cual declaró inadmisible la pretensión de tutela constitucional planteada con la demanda, por causal de inadmisibilidad sobrevenida fundada en el ar.....