" Este Tribunal en vista de que la Mediación ha sido positiva y por cuanto no se vulneran derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada y se da por terminado el presente procedimiento solo en lo que respecta al ciudadano JOSÉ VIVAS ARELLANO. Asimismo, las partes de mutuo y común acuerdo deciden en este acto suspenderla causa por un lapso de trece (13) días hábiles, es decir la cauda se reanudaría el miércoles 01 de octubre del presente año a las 11:00 a.m., por cuanto están próximos a llegar a un acuerdo. "