Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la recusación planteada por el abogado ROGER RENE ZAMORA contra la Jueza ESMERALDA MUÑOZ, en su condición de Jueza del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, surgida en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL sigue el ciudadano ROGER ZAMORA contra el ciudadano JORGE ECHEVARRIA, todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales antes citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.-