En fuerza a lo antes expuesto, este JUZGADO MILITAR SÉPTIMO DE CONTROL CON SEDE EN LA CIUDAD DE BARQUISIMETO, ESTADO LARA; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: Se impone al ciudadano SARGENTO MAYOR DE TERCERA JUAN GREGORIO CORRO ARCHILA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.399.039, presuntamente incurso en la comisión del delito militar de SUSTRACIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, EN GRADO DE COOPERADOR, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 3° en concordada relación con el artículo 390 numeral 3° ambos del Código Orgánico de Justicia Militar, plaza de la 5105 Batería de Morteros de 120 mm. Coronel "Juan José Conde", con sede en Tumeremo, estado Bolívar, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el artículo 256 numerales 3°, 4° y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: 1) Presentarse cada Treinta (30) días ante la sede d.....