DECRETO PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con lo establecido en los artículos 45 y 48 ordinal 7° y 318 ordinal 3º todos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia SE EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL Y POR ENDE LA PROSECUCIÓN DEL PROCESO PENAL MILITAR seguido en contra del Ciudadano CARLOS ENRIQUE BARRIOS SANDOVAL, titular de la cédula de identidad Nº V-13.888.759, quien fuera plaza del Batallón de Infantería de Marina "Rafael Urdaneta", ubicado en Pto. Cabello Estado Carabobo, presuntamente involucrado en la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 523, 527 ordinal 1º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, en consecuencia SE EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL Y POR ENDE LA PROSECUCIÓN DEL PROCESO PENAL MILITAR. SEGUNDO: Se procederá a remitir las actas de la Causa correspondiente al Archivo Judicial del Circuito Judicial Penal Militar de acuerdo a lo pautado en el artículo 98 del Código Orgánico de Justicia Militar en su oportu.....