DECISIÓN
En consecuencia, por cuanto la mencionada sentencia no contiene declaraciones ni disposiciones contrarias al orden público ni al derecho público venezolano ni a las buenas costumbres, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en el artículo 53 de la Ley de Derecho Internacional Privado, concede FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de DIVORCIO, de fecha 29 de mayo de 2018, expedida por la CORTE DEL CIRCUITO DEL 11° CIRCUITO JUDICIAL EN Y PARA EL CONDADO DE MIAMI-DADE FLORIDA, DIVISIÓN FAMILIA, CASO N° 2019-009473-FC-04 SECCIÓN 39, DE LOS ESTADO UNIDOS DE NORTE AMÉRICA, con su Apostille o legalización única Convenio de la Haya; que declaró disuelto el matrimonio entre los ciudadanos MIGNIA ESTHER MUJICA HERNÁNDEZ y JESÚS ARMANDO PULIDO FALCÓN, con todos los e.....