/Se dicto sentencia interlocutoria mediante la cual este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: INCOMPETENTE EN RAZÓN DE LA MATERIA.-