Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a las previsiones del artículo 593, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar y en virtud de lo señalado en el artículo 443 Numeral 2 del Código Orgánico de Justicia Militar, decreta la extinción de la pena impuesta al penado ciudadano penado José Gregorio Gaona González, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 17.661.100, ex plaza del 921 Batallón de Cazadores Manuel Sedeño, con domicilio y residencia en el Barrio El Liceo, Calle Chicuacal, Casa sin número, Municipio Autónomo Muñoz, Bruzual, Estado Apure, fue condenado en fecha catorce de julio del año dos mil seis, por el Tribunal Militar Décimo Cuarto de Control con.....