Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la demanda de resolución de contrato de comodato interpuesta por HECTOR JOSE CORDOVA contra CESAR HERNANDEZ PERALES. Así se decide.