Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL CON SEDE EN GUASDUALITO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: Declara la Extinción de la Acción Penal, por haberse cumplido total y cabalmente con el Régimen de Prueba, impuesto en fecha 14FEB2012 por este Despacho, al ciudadano: IM. DARGE NERILDO FERNÀNDEZ BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº 18.494.975, venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, con fecha de nacimiento 14/07/1986, natural de Maracaibo, Estado Zulia, residenciado en el Barrio La Resistencia, calle Nº 36, casa Nº 41-07, Maracaibo, Estado Zulia, teléfono(s) (0426) 902.74.79 y (0261) 617.27.88; quien fuera infante de marina, plaza del Comando Fluvial Fronterizo "TN. Jacinto Muñoz; por la comisión del delito militar de Deserción, previsto y sancionado en los artículos 523, 527, ordinal 1º y 528 del Código Orgánico de Justicia Mil.....