En el día de hoy, 12 de enero de 2010, se pública texto integro de Sentencia Condenatoria, en contra del acusado Uricare Omar, a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por cuanto se probo su autoría y la consiguiente responsabilidad penal en la comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO. De igual manera se condena a la INHABILITACIÓN POLÍTICA MIENTRAS DURE LA PENA. Asimismo deberá participar obligatoriamente en los Programas de Orientación y Atención correspondientes, dirigido a modificar su conducta violenta; por el lapso de ocho (08) meses; y se exime del pago de las costas procesales al ciudadano Uricare Omar, contempladas en el artículo 267 ejusdem por remisión de lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en virtud de la gratuidad de la justicia establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-