DECLARO: PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Primer Teniente JOHNNY JESÚS GUTIERREZ VELÍZ, Defensor Público Militar del ciudadano Sargento Segundo GUSTAVO ALBERTO FLORES RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 23.726.174; SEGUNDO: DECRETA LA NULIDAD de todos los actos procesales celebrados con violación a garantías constitucionales y legales, desde el acto írrito de imputación fiscal celebrado en la sede de la Fiscalía Militar Segunda con competencia nacional, hasta el acto de fijación del debate oral y público realizado por el Consejo de Guerra de Caracas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 25 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 157, 174,175, 179 y 180 del Código Orgánico Procesal Penal y TERCERO: SE ORDENA la reposición de la causa al estado en que el Ministerio Público realice el nuevo acto formal de imputación fiscal y se le dé continuidad al caso, con el debido aseguramiento .....