Por las razones antes expuestas, esta Corte Marcial, actuando como Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal Militar con Competencia Nacional y sede en Caracas, Distrito Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, DECLARO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE FLORENCIO CAMPOS ALVARADO, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano Primer Teniente JESUS ALBERTO GARRIDO MORENO, fundamentado en el numeral 4 del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, contra el auto de fecha veintisiete de octubre de dos mil doce, dictado por el Tribunal Militar Undécimo de Control con Sede en San Cristóbal, estado Táchira, mediante el cual calificó la flagrancia en la aprehensión de su representado y decretó la privación judicial preventiva de libertad del imputado de marras, a quien se le sigue juicio por la presunta comisión de los delitos de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509, ordinal 1° y .....