DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ÁNGEL MANUEL ZERPA, en su carácter de víctima, debidamente asistido por el Abogado JAIRO RAMÓN LIENDO SEVILLA, contra el auto dictado en fecha dos de julio de dos mil catorce, por el Tribunal Militar Quinto de Control con sede en Maracay, estado Aragua, mediante el cual decretó el sobreseimiento de la causa Nº CJPM-TM5C-091-2014 (nomenclatura de ese tribunal), por los hechos denunciados por el recurrente ocurridos presuntamente en el 824 Batallón de Armamento "Manuel Batoro", ubicado en la ciudad de Maracay, estado Aragua, en el mes de julio del año 2007 y por el presunto retardo y negligencia procesal en el cumplimiento de las funciones investigativas. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha dos de julio de dos mil catorce, dictado por el Tribunal Militar Quinto de Control con sede en Maracay, estado Aragua.