Por todas las razones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL MILITAR SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS CON SEDE EN MARACAY, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: En cuanto al cómputo del cumplimiento de la pena impuesta, tenemos que el penado: Sargento Segundo FRANCISCO JOSE ESCOBAR ESCOBAR, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.250.106, quien fue condenado a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y NUEVE (09) MESES de prisión, más las penas accesorias de ley señaladas en el artículo 407 numerales 1°, 2° Y 3° de Código Orgánico de Justicia Militar, por la comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDA, POR INJURIA GRAVE DE OBRE A UN INFERIOR Y APLICACIÓN DE CASTIGOS PROHIBIDOS POR LAS LEYES Y REGLAMENTOS, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 3 del Código Orgánico de Justicia Militar, no se determina la fecha de finalización de la pena por encontrarse en los actuales momentos en libertad, y conforme.....