III
DECISIÓN
Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 5° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por los apoderados judiciales de la parte demandada;
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 7° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por los apoderados judiciales de la parte demandada;
TERCERO: Se declara IMPROCEDENTE la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por el ciudadano JOSÉ BONILLA BURBANO contra la ciudadana LUZ DARY SIERRA DE CARMONA, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Decreto Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y el artículo 341 del Código de Procedimiento .....