Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio No 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 376 del Código Adjetivo Penal, CONDENA al ciudadano JOSÉ LUIS MENDOZA CARIELES, venezolano, soltero de 19 años de edad, nacido el 19-11-83, Trabajador del Mayorista, titular de la Cédula de Identidad No 16.601.861. Domiciliada en la calle 11 entre 1 y 2, Santa Isabel, No 28-72, cerca del Rancho Mis Chamos, Barquisimeto. Hijo de Aída de Mendoza y Simón Mendoza. A CUMPLIR LA PENA DE DOS (2) AÑOS, ONCE (11) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISIÓN mas las accesorias previstas en el artículo 13 del Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO GENÉRICO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el artículo 457 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, así como el PORTE ILÍCITO DE ARMA, previsto en el artículo 5 de la Ley de Ref.....