En razón de las precedentes consideraciones, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE por falta de legitimidad, la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado KENNY ROGER PAREDES CASTELLANOS, quien en su escrito manifiesta actuar en su carácter de Defensor Privado del ciudadano JOSE CRISANTO GOMEZ PEREZ, a quienes se le sigue causa signada con el Nº KP01-P-2013-009536, denunciando la presunta violación de los derechos y garantías constitucionales establecidos en los artículos 26, 27, 49 y 257 de La Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, por parte del Tribunal Octavo de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal. Publíquese, regístrese.