este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y Por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA ANUAL, en la presente causa de DIVORCIO CONTENCIOSO, intentado por la ciudadana MARIA RUFINA DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 6.089.389, debidamente asistido en este acto por la Abogada Donoratt Pereira, Inpreabogado N° 48.927, Se ordena el archivo del expediente, remítase oportunamente al archivo Judicial.