Se declara: PRIMERO: Se declara la nulidad aislada de la sentencia interlocutoria Nro. 059/2013 de fecha 10/06/2013 a través de la cuales se admiten las pruebas y autos de fechas 11 de junio de 2013 y consecuencialmente las notificaciones libradas y consignadas en fechas 20 de diciembre de 2013, 05 de febrero de 2014 y consecuencialmente las notificación librada dirigida a la empresa CORPOELEC- LARA y su respectiva consignación, 11 de febrero de 2014, 24 de septiembre de 2014 y 29 de septiembre de 2014 y consecuencialmente las notificaciones libradas y consignadas, relacionados con el lapso probatorio y del lapso para presentar informes; SEGUNDO: Se repone la presente causa al estado de notificar a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela de la sentencia de admisión del recurso contencioso tributario; TERCERO: Una vez conste en autos las notificaciones ordenadas respecto a la presente decisión y asimismo conste en autos la notificación de la sentencia de admis.....