Por todas las razones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL MILITAR SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS CON SEDE EN MARACAY, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: En cuanto al cómputo del cumplimiento de la pena impuesta, tenemos que el penado: SM/1RA. (GNB) HERNÁN JESÚS GARCÍA ZAPATA, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.773.047, condenado a cumplir una pena de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, más las penas accesorias de Ley, de acuerdo al Artículo 407 en su Cardinales 1, 2 y 3, del Código Orgánico de Justicia Militar, Inhabilitación Política por el tiempo de la pena, Separación del Servicio Activo y Perdida de derecho a premio, por ser autor responsable de la comisión del delito Militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA Y NEGLIGENCIA, previstos y sancionados en los artículos 538, concatenado con el artículo 435 y 570 numeral 1, .....