DECLARO INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por los abogados GONZALO HIMIOB SANTOME, URSULA RODRIGUEZ MARCANO Y LINDA MANAKA INFANTE SURUTA, quienes indica ser los defensores del ciudadano General de Brigada en situación de retiro ANGEL OMAR VIVAS PERDOMO, precedentemente identificado, a quien se le sigue juicio por la presunta comisión de los delitos de INSUBORDINACIÓN, DESOBEDIENCIA Y CONTRA EL DECORO MILITAR, previstos y sancionados en los artículos 512 numeral 1°, 519 y 564, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, al no constar en autos la representación que se atribuye.