En fuerza a lo antes expuesto, este JUZGADO MILITAR DÉCIMO DE CONTROL CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAIBO, ESTADO ZULIA; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: Se impone a la imputada IDALIS DAYANA VIERA ESPITIA, cedula de identidad numero V-22.474.956, presuntamente incursa en los delitos militares de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1; por el delito militar de ATAQUE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el artículo 501 numeral 2; por el delito militar de ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el artículo 502, todos del Código Orgánico de Justicia Militar y por el delito de "VIOLACIÓN DE ZONAS DE SEGURIDAD", previsto y sancionado en los artículos 47; 56, y 60 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación; en concordancia con los artículos 389 numeral 1 y 390 numeral 1 del mismo Código Orgánico de Justicia Mi.....