En fecha 05 de junio del año en curso, la apoderada actora Abogada Ligiabel Freitez solicita la ejecución voluntaria del fallo. Ahora bien observa quien decide que al encontrarse pendiente la apelación de la sentencia del 09/10/2014 donde se realiza la estimación definitiva por este Juzgado, no se encuentra liquida y determinada la cantidad de dinero a ser cancelada a los actores, no resultando en consecuencia factible la exigencia cumplimiento voluntario alguno.