Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Con Lugar el Recurso de Apelación ejercido por los Abogados Juan Rodolfo Martínez Casanova, Fiscal Segundo en Materia de Derechos Fundamentales, (E) de la Fiscalía Sexagésima Octava del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, Maria Josefina Navarro Esparragoza, Fiscal Auxiliar Adscrita a la Fiscalía Sexagésima Octava del Ministerio Público con Competencia Plena a Nivel Nacional y Edgard Alberto Millán Fermín, Fiscal Auxiliar Adscrito en colaboración a la Fiscalía Segunda en Materia de Derechos Fundamentales; tal acción de impugnación interpuesta en contra del fallo dictado el 18-05-2010 por el Tribunal 4° en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en ocasión al acto de Audiencia Prelim.....