Se DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana REBECA NEREIDA GARCIA BOLIVAR, debidamente asistida por el Abogado LUIS OMAR BARRIOS, quien es TERCERA OPOSITORA en la presente causa, en contra de la sentencia de fecha 31 de Enero del 2007, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Lara, la cual queda así RATIFICADA. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas al apelante por haber salido perdidosa en el presente recurso de apelación.